El Comité de Empresa debe inspirar…

En este post no voy a hablar sobre legislación laboral, funciones de la representación de los trabajadores, derechos, etc. Simplemente voy compartir con vosotros mi visión particular de cómo debe ser un Comité de Empresa, de cuales son sus obligaciones (morales y legales) y funciones, así como trataré de desmentir mitos sobre su “intocable e indiscutible función”.

¿Cómo debería ser un Comité de Empresa?

Vaya por delante que, un Comité de Empresa está formado por personas y estas, pueden ser buenas o malas personas (leer mi post sobre este tema), gozar de un mayor o menor compromiso, tener o no buenas intenciones y estar más o menos preparadas. 

Este punto, el más obvio, será crucial a la hora de comprender o, juzgar a nuestro Comité de Empresa. Si eres uno de esos representantes sindicales faltos de ética y exentos de compromiso, te aconsejo que no sigas leyendo porque no te va a gustar… 

Elegido el Comité, lo primero que debe interiorizar es que representan tanto a trabajadores, como a la propia empresa, ya que deben trabajar por el bien común. Por tanto, un comité de empresa debería:

Inspirar confianza, demostrar su honestidad, trabajar duro y ser honrados. 

Comprender la visión y misión de la empresa, su situación actual y futura, así como las necesidades de sus representados.

Colaborar con empresa y equipos para poder mediar/participar en la toma de decisiones que afectarán al futuro colectivo.

Aportar no sólo ideas o soluciones a cuestiones diversas, también deberá contribuir a generar un clima de entendimiento y coherencia.

Negociar de buena fe, priorizando el interés de sus representados pero asumiendo el bien común.

Defender no sólo la legalidad y a sus compañeros, también la coherencia de sus decisiones.

No olvides que, cada  4 años se debe votar y elegir de nuevo al comité…

¿Cuáles son sus obligaciones reales?

Esto no es “Juego de Tronos” donde los “Lannister” hacen y deshacen a su antojo sin rendir cuentas a nadie. El Comité de Empresa está obligado en todo momento a informar, consultar y hacer participar a sus representados.

Sus obligaciones (legislación a parte) son:

✔︎ Trabajar por el bien común sin obtener nada a cambio (y digo ¡Nada!), salvo la satisfacción por el trabajo bien hecho.

✔︎ Informar, informar e informar, y con esto me refiero no sólo a sus amiguetes o compañeros de café, sino a todos sus representados.

✔︎ Mediar para que tanto empresa como trabajadores cumplan con sus obligaciones legales y éticas, no permitiendo abusos o, “trapicheos”.

✔︎ Consultar cualquier decisión crítica que pueda impactar significativa a sus representados.

✔︎ Ejecutar las decisiones adoptadas, así como informar del resultado de las mismas.

✔︎ Garantizar la integridad de sus miembros, la justicia de sus decisiones y la legalidad en su mandato.

Para tener derechos primero deben cumplir con sus obligaciones.

¿Cuáles son los mitos sobre los Comités de Empresa?

Llegados a este punto, existe un sin fin de mitos sobre los Comités de Empresa, en parte debido a las malas prácticas de algunos de ellos, a culturas basadas en el miedo y a intereses partidistas que protegen sus siglas y como no, “sus propias sillas” por encima de todo. De entre las más extendidas, me gustaría destacar:

Un Comité pertenece a un Sindicato. Pues mire Ud., ¡no!. Un Comité de Empresa puede depender de un Sindicato (o varios), puede no representar a ninguno e incluso, puede haber un popurrí de siglas entre sus filas. En la variedad está el gusto.

Si te presentas al Comité te pueden despedir. Pues, de todo hay en la viña del Señor, pero desde el momento en que tu candidatura está presentada (antes de la votación), estarás protegido si se produce un despido por este hecho. Eso sí, hasta la elección del Comité.

Los miembros de un Comité trabajan menos horasIncorrecto, ya que si cumplen con su cometido, deberán cumplir con su trabajo en menos horas. ¿Por qué menos horas?, porque disponen de un crédito de horas sindicales mensuales para poder representarte.

Los Comités de Empresa son para siempre. ¡Fake!, los Comités de Empresa deben renovarse cada cuatro años y siempre vía elecciones en las que votarán sus representados. Ni que fueran Kim Jong-Un.

No se puede despedir a un miembro del Comité. Pues es falso a medias, ya que lo que sí existe es una protección contra el despido en el caso de que exista persecución sindical, es decir, que te despidan por representar a tus compañeros. Si un representante trabaja en un departamento que se cierra, ¿por qué deben despedir a un compañero de otro departamento por ti?. 

El Comité de Empresa es una figura vital en las empresas, pero si no cumple con sus obligaciones deberá ser revocado por la plantilla (artículo 67.3 Estatuto de los Trabajadores) .

Antonio J. Casado

Opiniones desde el respeto

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